CAPITAL HISTÓRICO CULTURAL

MONTALBÁN....CAPITAL HISTÓRICO-CULTURAL DE LA COMARCA "CUENCAS MINERAS"(Teruel).-
LEY 28/2002, de 17 de diciembre, de creación de la Comarca de Cuencas Mineras....
Art 2:" Capitalidad.1.La Comarca de Cuencas Mineras tiene su capitalidad en el municipio de Utrillas, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
La capitalidad histórico-cultural tiene su sede en el municipio de Montalbán."

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sábado, 23 de noviembre de 2019

¿SABÍAS QUE MONTALBÁN FUE UN IMPORTANTE NÚCLEO DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ARAGÓN?.

Fuente informativa: Blog de Montalbán en fotos
La Historia de Montalbán según la organización administrativa

La historia de Montalbán a través de sus divisiones administrativas


Imagen del emblema del partido judicial de Montalbán
Fotografía pulicada en el blog de Montalbán en fotos-Documentos

Administración civil______________________________________

MONTALBÁN FUE UN IMPORTANTE NÚCLEO ADMINISTRATIVO EN ARAGÓN . UN CLARO EJEMPLO DE ELLO ES QUE LA LOCALIDAD DE MONTALBÁN , DURANTE LOS SIGLOS XV A XVIII,  ESTABA AL MISMO NIVEL QUE LAS ACTUALES CIUDADES ARAGONESAS, ZARAGOZA, HUESCA, TERUEL, JACA, ALCAÑIZ O TARAZONA.

Las tenecías

Son el más antiguo sistema administrativo civil de Aragón, heredado del introducido por los reyes pamploneses y que quizá provenga del usado por los musulmanes. Durante el reinado de Sancho el Mayor (1004-1035) este sistema aparece completamente configurado, pero en él, posiblemente porque entonces aún pertenece a territorio musulmán, no aparece Montalbán.

Merinados y bailios
En el S. XII se establece un nuevo sistema administrativo por el que se dividen las rentas que eran propias del rey y las que eran del reino y así los merinos se encargan de recaudar las rentas del Rey el baile las del reino.
Montalbán pertenece al Merinado de Zaragoza por estar incluidos en él los lugares de la Orden de Santiago.
En cuanto a los bailios todo hace presuponer que ejercían su jurisdicción en los mismos territorios de los merinos y que su adscripción territorial fue la misma.

Justicias y sobrejunterías

La aparición del Justicia de Aragón se enmarca en el proceso de consolidación administrativa que se origina a finales del siglo XII y principios del XIII. Los justicias ejercen su actividad en distintas poblaciones y además Justicia es el nombre con el que se denomina el cargo que ejercen estas personas. Existen también los territorios donde actúan los agentes ejecutivos de esa justicia que, en principio, se denominaron Juntas y estaban a cargo de un juntero. Jaime I las agrupó teniendo como base los merinados y llamándolas Sobrejunterías y al que ejecutaba la justicia sobrejuntero; más adelante se le crearon unos subalternos que se denominaban lugartenientes.
Así, aparece en la primera mitad del siglo XIV la Sobrejuntería de Zaragoza, con lugartenientes de sobrejuntero en Alcañiz y Montalbán. A partir de finales del siglo XIV solo existen cinco sobrejunterías y estas no tienen más de tres sobrejunteros cada una, son: Zaragoza con lugartenientes de sobrejuntero en Zaragoza, Alcañiz y Montalbán; Huesca-Jaca con lugarteniente de sobrejuntero en Huesca, Jaca y Sariñena; Sobrarbe y los Valles, con lugarteniente de sobrejuntero en Barbastro, Broto y Tamarite; la de Ejea, con agentes en Ejea, Uncastillo y Tauste y la de Tarazona con lugartenientes en Tarazona, Alagón y Ricla.
Sobrejuntería de Zaragoza
Está organizada, en principio, con dos divisiones mandadas cada una por un lugarteniente de sobrejuntero; uno actuaba en Alcañiz y el otro en Montalbán. A partir de 1389 existen tres: Alcañiz, Montalbán y Zaragoza. Esta institución deja de tener vigor a finales del siglo XV. El golpe definitivo se produjo con la creación, en 1487, de lo que se denominó la Santa Hermandad, que comenzó a actuar en 1488 en persecución de malhechores, y que solo estuvo en vigor hasta 1510.

Sobrecullidas y veredas

Cullidas y sobrecullidas
La acepción de estos nombres tiene relación con la percepción de impuestos sobre el tránsito de mercancías. El cullidor era el encargado de recibir los impuestos sobre el tránsito de mercancías; la cullida era tanto el lugar donde estaba establecido el cullidor como el acto del pago en sí y la percepción del impuesto. El sobrecullidor apareció más tardíamente y constituyó un cargo superior ante el cual, el cullidor, rendía cuentas. Las sobrecullidas las constituían el conjunto de cullidas sobre las cuales ejercía su potestad el sobrecullidor; cuando hacia 1463-1465 se organizan de forma definitiva integran verdaderas divisiones territoriales administrativas comerciales.

En la formación de este sistema administrativo se observan tres claros momentos:
a) Creación de un impuesto en 1362 para sufragar la guerra contra Pedro I de Castilla.
b) La reorganización de 1446 en las Cortes de Zaragoza, dado el fracaso económico del Reino de Aragón.
c) La creación definitiva de las sobrecullidas hacia 1463-1465 que continuarán hasta principios del siglo XVIII cuando son sustituidas por los corregimientos.

En el año 132 Pedro I de Castilla había recomenzado la lucha contra Pedro IV de Aragón; la situación económica de la Corona de Aragón es agobiante y el Rey necesita dinero para proseguir la lucha; con el fin de solucionar tal situación, se reunen en Monzón las Cortes Generales y árbitra un sistema para recaudar las 60.000 libras entregadas al Rey para la guerra. Este sistema no es otro que el de gravar la circulación de paños (12 dineros por libra sobre el valor apreciado), pero también se gravan el azafrán, aceite, grana, miel, plomo, hierro trabajador, cáñamo, estopa, trapo de lino o de otra materia, sebo, alquitrán, cobre y otros muchos productos. Es la constitución de las llamadas "generalidades".
Se sitúan, para poder realizar la recaudación, una serie de fronteras a lo largo de todo el reino de Aragón. A pesar de terminar la guerra que las había generado, las generalidades no finalizan con ésta en 1375. Posteriormente se mantuvieron cuando el autoproclamado Jaime IV, que se titulaba rey de Mallorca, amenazó las fronteras de la Corona intentando invadirla desde el Norte, por los Pirineos. Así en 1376 se reúnen Cortes en Monzón y se decide que Aragón debe aportar 78.000 libras jaquesas, equivalentes a 12.000 florines.

Se avecinaba un grave problema pues difícilmente podían, los aragoneses, hacer frente a la contribución señalada ya que el reino estaba muy empobrecido. Al no poder conseguir el dinero se recurrió a un préstamo hecho por Blasco de Azlor, merino de la ciudad de Zaragoza y Juan don Sancho, mercader y ciudadano de la misma ciudad; para pagarles el préstamo se les concedió la administración de las "generalidades" durante ocho años que se amplían a todos los productos que entran y salen del reino, excepto al vino y a la sal.
Se crean unos nuevos puestos de cobro que abarcan todo el reino y que, como ejemplo, son: Aliaga, Teruel, Castelserás, Valdealgorfa, etc. Se crea un tribunal que juzga las discrepancias existentes entre los cobradores (cullidores) y los administrados. También se crean once zonas judiciales que posteriormente se ampliarían, se crea la zona o sobrecullida de Teruel que entendía de Teruel, Albarracín, la frontera de Castilla y Valencia y de toda la serranía hasta la Iglesuela.

En épocas sucesivas se continuó con el arriendo de las "generalidades" y el nombramiento de jueces finalizando este sistema con la reforma de 1446. La economía del reino en ese año era catastrófica, los ingresos no bastaban para sufragar los gastos generales y el reino estaba cada vez más endeudado. Las Cortes de Zaragoza decidieron dar plenos poderes al arzobispo y al Justicia de Aragón para nombrar sobrecullidores y reglamentar sus atribuciones. Se producen importantes cambios: desaparecen los jueces -que se nombraban cuando se imponían "generalidades"- la administración deja de arrendarse y se realiza directamente a través del establecimiento de seis sobrecullidas, regidas cada una por un sobrecullidor que recibía las cantidades recaudadas por los cullidores y las entregaban a la Diputación. Al mismo tiempo vigilaban los puntos de "cullida".
Las sobrecullidas fueron: Alcañiz, Huesca, Jaca, Montalbán, Tarazona y Teruel. Zaragoza tiene también categoría de sobrecullida.
La sobrecullida de Montalbán se establece sobre las siguientes comunidades: Alcalá de la Selva, Allepuz, Las Barracas de los Jaqueses, Bordón, Cantavieja, La Cañada de Benatanduz, La Cuba, Cuevas de Cañart, Fortanete, Fuentes de Rubielos, Mosqueruela, Olba, Puerto Mingalvo, Rubielos de Mora, San Agustín, Tronchón, Valbona, Valdelinares, Villarluengo y Villarroya de los Pinares.
En 1494 la sobrecullida está compuesta por los siguiente pueblos Ababuj, Adobas, Aguatón, Aguilar de Alfambra, Alba, Albarracín, Albentosa, Alcalá de Mora (hoy Alcalá de la Selva), Alcamín, Aldehuela, Alfambra, Aliaga, Allepuz, Anadón, Arcos (de las Salinas), Argente, Armillas, Bellestar (hoy Villastar), Blesa, Bronchales, Buant, Bueña, Cabra de Mora, Calomarde, Camañas, Camarena de la Sierra, Camarillas, Campillo, Campos, Cantavieja, Cañada de Benatanduz, Cañada Vellida, Cascante del Río, Castel de Cabra, Castellbispal (con el nombre de Puerto Vispal), El Castellar, Castralvo, Caudé, Cedrillas, Celadas, Cella, Cirujeda, Concud, Corbalán, Cortes de Aragón, Cobatillas, La Cuba, Cubla, El Cuervo, Cuevas de Almudén, Cuevas Labradas, Cuevas de Rocín, Ejarque (hoy Jarque), Escorihuela, Escucha, Ferig, Formiche Alto, Formiche Bajo, Fortanete, La Foz de la Vieja, Frías de Albarracín, Fuenteferrada, Fuentes Calientes, Fuentes (de Rubielos), Galve, Gea (de Albarracín), Gúdar, Hinojosa (de Jarque), Huesa (del Común), La Iglesuela (del Cid), Jabaloyas, Jorcas, Josa, Lidón, Linares (de Mora), Maicas, Manzanera, Martín (del Río), Mezquita (de Jarque), Mirambel, Miravete (de la Sierra), Montalbán, Monteagudo (del Castillo), Monterde (de Albarracín), Mora (de Rubielos), Moscardón Mosqueruela, Muniesa, Noguera, Nogueruelas, Olba, Orihuela (del Tremedal), Orrios, Otón, Palomar (de Arroyos), Las Parras (de Martín), La Peña del Cid, Peralejos, Perales (de Alfambra), Pitarque, Plou, El Pobo, Pozondón, La Puebla (de Valverde), El Puerto (hoy Puertomingalvo), La Rambla (de Martín) Rillo, Riodeva, Ródenas, Royuela , Rubiales, Rubielos (de Mora), Salcedillo, Saldón, San Agustín, Santa Olalla (hoy Santa Eulalia del Campo), Santacroche, Sarrión, Segura (de los Baños), Son (del Puerto), Terriente, Teruel, Tormón, Torre las Arcas, Torre la Cárcel, Torremocha (del Jiloca), Torres (de Albarracín), Torrijas, Torretajada (hoy Tortajada), Tramacastiel, Tramacastilla, Tronchón, Utrillas, Valacroche, Valbona, Valdecebro, Valdeconejos, Valdecuenca, Valdelinares, Villalba la Susana (hoy Villalba Alta), Villalba Baja, Villanueva (del Rebollar de la Sierra), Villar del Cobo, Villarluengo, Villarquemado, Villarroya (de los Pinares), Villel, Visiedo y Vivel (del Río Martín).
No figuran en el censo las actuales poblaciones de Abejuela, Alobras, Bezas, Escriche, Griegos, Guadalaviar, Libros, Toril y Masegoso, El Vallecillo y Veguillas de la Sierra. Se extendía sobre todas las tierras altas turolenses, dominando las comunicaciones con el reino de Valencia y con Castilla. La ruta fundamental iba por Teruel-Segorbe, con el asentamiento en las Barracas de la Jaquesa -junto a la actual estación de ferrocarril de Mora de Rubielos- que se enfrentaba a las Barracas del Real emplazadas en el Barracas actual. Las denominaciones "del Real" y "de la Jaquesa" indicaban el tipo de moneda en que se cobraban los impuestos.
Este sistema de división continuó siendo el mismo pero su denominación cambió dos veces después de ser implantado. En el censo de 1609 se les llama "distritos " y la última denominación es la de "veredas".

Veredas
A mediados del siglo XVII se varió la denominación de sobrecullidas y se pasó a la de veredas. En 1645 las Cortes de Zaragoza ordenaron realizar un nuevo censo (aún se utilizaba el de 1495), este censo se realizó por "veredas". La división por veredas está realizada sobre la anterior de sobrecullidas, pero con algunas variaciones; la más importante de ellas es que la antigua sobrecullida de Montalbán se divide en dos partes, la que siguió llamándose vereda de Montalbán y la vereda de Teruel. Este sistema administrativo se mantuvo hasta la publicación del Decreto de "Nueva Planta" en el año 1707.
La vereda de Montalbán quedó constituída por los siguientes pueblos: Ababuj, Adobas, Aguatón, Aguilar (de Alfambra), Alba, Albentosa, Alcamín, Aldehuela, Allepuz, Anadón, Arcos (de las Salinas), Argente, Armillas, Blesa, Bueña, Cabra (de Mora), Camañas, Camarena (de la Sierra), Camarillas, Campillo, Campos, Cañada Vellida, Castel de Cabra, Lavispal (hoy Castelvispal), El Castellar, Castralvo, Caudé, Cedrillas, Celadas, Cella, Cirugeda, Concud, Corbalán, Cortes (de Aragón), Cubla, Cuevas de Almudén, Cuevas Labradas, Cuevas de Rocín, Escorihuela, Escriche, Escucha, Formiche Alto, Formiche Bajo, La Foz de la Vieja, Fuenteferrada, Fuentes Calientes, Fuentes de Rubielos. Galve, Gúdar, Hinojosa (de Jarque), Huesa (del Común), Jarque, Jorcas, Josa, Laimanos, Lidón, Linares (de Mora), Maicas, Martín (del Rio), Mezquita de la Val de Jarque, Miravete de la Sierra, Montalbán, Monteagudo (del Castillo), Mosqueruela, Muniesa, Nogueruelas, Obón, Palomar (de Arroyos), Las Parras (de Martín), La Peña del Cid, Peñas Royas, Peralejos, Perales (de Alfambra), Plou, El Pobo, Portizuela, La Puebla de Valverde, Puerto de Mingalvo, La Rambla (de Martín), Rillo, Rubiales, Rubielos (de Mora), Salcedillo, San Agustín, Santa Eulalia (del Campo), Sarrión, Segura (de los Baños), Son del Puerto, Torre de las Arcas, Torre la Cárcel, Torremocha (del Jiloca), Torretajada (hoy Tortajada), Torrijas, Utrillas, Valdecebro, Valdeconejos, Valdelinares, Villalba Alta, Villalba Baja, Villanueva del Rebollar (de la Sierra), Villarquemado, Visiedo y Vivel (del Río).

Corregimientos y partidos

La muerte de Carlos II y la proclamación de Felipe V (1700) supuso el fin del reino medieval de Aragón.
Felipe V, en plena guerra de sucesión, decidió abolir los fueros de Aragón y reducirlo a las leyes y gobierno de Castilla. En el año 1711 Felipe V dicta un Real Decreto por el cual se establece una total coincidencia de territorios, sobre los que habrá unidad geográfica par lo militar, económico, político y gubernativo y establece el sistema de "partidos". Aragón se divide en el "corregimiento" de Zaragoza y doce partidos más. Montalbán pasa a pertenecer al partido de Alcañiz con categoría de "villa" (existen "lugares", como Alacón, "despoblados", como Adobas, "aldeas" como Utrillas, "ciudades", como Alcañiz, etc.) y "señorío" de Órdenes Militares y está gobernado por un "Alcalde Ordinario de Señorío", que lo es, además, del "despoblado" de Adobas y de las "aldeas" de Escucha, Peñarroyas y Utrillas.

Provincias y partidos judiciales

Hasta la reforma de 1833 se realizaron dos nuevos intentos de reforma administrativa. El primero en 1810 lo realizó José Bonaparte I, se trataba de la división de la península en "prefecturas" y "subprefecturas"; en Aragón se nombraron las prefecturas de Ebro y Cinca, Ebro y Jalón y Guadalaviar alto. El segundo intento, coetáneo con el anterior, lo intentaron las Cortes de Cádiz formando una comisión para la "división del territorio español"; Aragón se dividía en cuatro provincias: Calatayud, Huesca, Teruel y Zaragoza.
El rey Fernando VII, en 1823, acabó con estos intentos de reforma.

La división de 1833
A los dos meses de fallecido el rey Fernando VII se publica un Real Decreto en el que se ordena hacer la división territorial por provincias. Aragón se delimita en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y se establecen los límites territoriales de las mismas.
La división no solo afectaba al orden administrativo sino que incluía los asuntos exteriores, justicia, defensa y hacienda real. En 1834 se dispone la división de las provincias en partidos judiciales que en principio se ocupaban de impartir justicia, como los juzgados de primer instancia e instrucción, pero después han servido para la elección de diputados provinciales, competencia de registros de propiedad, recaudación de contribuciones, etc.
Al mismo tiempo se ordena la anulación de realengos, mayorazgos y señoríos.
Los partidos judiciales en 1834
La división de las provincias en Partidos Judiciales se ordena mediante un Real Decreto el día 21 de abril de 1834. En el citado decreto, Montalbán aparece como perteneciente al partido judicial de Segura, sin embargo, una acción de la primera guerra carlista obligó a situar la cabeza de partido, provisionalmente, en Montalbán donde se afianzó.
En marzo de 1839 el jefe carlista Ramón Cabrera había terminado la fortificación de Segura, el día 29 de ese mes se produjeron los enfrentamientos entre las tropas de Cabrera y las coaligadas de Van-Halen y Ayerbe, tras una serie de incidentes el "23 (de febrero de 1840) se presentó delante de este fuerte el Duque de la Victoria, practicando un detenido reconocimiento y disponiendo las operaciones del sitio. Cinco baterías rompieron el fuego a las dos de la tarde del 27 contra las fortificaciones y cesaron llegada la noche habiendo tocado a parlamento los sitiados. Montones de escombros y de ruinas testifican, por todas partes, los estragos que durante aquella época desastrosa para la nación sobrevinieron a este pueblo que fue totalmente destruido por convenir así a los intereses de uno de los partidos beligerantes; sólo quedó como testigo del llanto de tantas familias que en un día perdieron toda su fortuna y la de sus hijos, un elevado castillo que a su vez fue reducido a escombros por parte de los partidos contendientes... Se pensó en reedificar a Segura, pero lo que fue aniquilado en pocos momentos necesita muchos años para que vuelva a su primitivo estado... El Ayuntamiento se ocupa (1848) en levantar un edificio para los usos de la corporación, con cárcel para el juzgado"... Pero mientras tanto "el juzgado reside en Montalbán".
Segura no se pudo rehacer de la catástrofe, su población fue decreciendo mientras que Montalbán progresaba y, en el censo de 1877, aparece como cabeza de partido.
Las poblaciones que componían el partido judicial de Segura-Montalbán eran las siguientes: Alacón, Alcaine, Alpeñés, Anadón, Argente, Armillas, Bádenas, Bañón, Barrachina, Blesa, Cervera (del Rincón), El Collado, Corbatón, Cortes (de Aragón), Cosa, Cuevas de Portalrubio, Cutanda, Fonfría, Fuenferrada, Godos, La Hoz de la Vieja, Huesa (del Común), Josa, Lidón, Loscos, Maicas, Martín del Río, Mezquita (de Loscos), Monforte (de Moyuela), Montalbán, Muniesa, Nueros, Obón, Pancrudo, Las Parras (de Martín), Peñas Royas, Piedrahita, Plou, Portalrubio, La Rambla (de Martín), Rillo, Rubielos de la Cérida, Rudilla, Salcedillo, Segura (de Baños), Torre de Arcas, Torre los Negros, Torrecilla del Rebollar, Utrillas, Valdeconejos, Villanueva del Rebollar (de la Sierra), El Villarejo, Visiedo y Vivel del Río Martín.
Por fin, a partir de 1965, por el decreto nº 3388/65, de 11 de noviembre, se produjo un reajuste en el que el partido de Montalbán quedó englobado en el de Calamocha, situación en la que nos encontramos en estos momentos.

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