CAPITAL HISTÓRICO CULTURAL

MONTALBÁN....CAPITAL HISTÓRICO-CULTURAL DE LA COMARCA "CUENCAS MINERAS"(Teruel).-
LEY 28/2002, de 17 de diciembre, de creación de la Comarca de Cuencas Mineras....
Art 2:" Capitalidad.1.La Comarca de Cuencas Mineras tiene su capitalidad en el municipio de Utrillas, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
La capitalidad histórico-cultural tiene su sede en el municipio de Montalbán."

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viernes, 28 de julio de 2017

EL CASTILLO DE LA ENCOMIENDA DE MONTALBÁN...PATRIMONIO CULTURAL DE ARAGÓN

Fuente informativa: http://www.patrimonioculturaldearagon.es/bienes-culturales/castillo-de-la-encomienda-montalban

Castillo de la Encomienda 

(Montalbán, TERUEL)

Descripción

Montalbán fue conquistada por el señor de Albarracín, Fernán Ruiz de Azagra, en fecha
imprecisa pero estaba en su poder en 1189.
Más tarde la Corona le concede Carta Puebla en 1208 a instancias del obispo de 
Zaragoza. 
Conquistada por los musulmanes fue reconquistado de nuevo por los caballeros de la Orden 
de Santiago que después de serles concedida la población construyeron una iglesia y fundaron 
una importante encomienda que se mantuvo hasta 1375. En el castillo de la localidad estuvo 
durante algún tiempo Jaime I para preparar la conquista de Valencia. El castillo cayó en el 
abandono pero fue reutilizado durante las guerras carlistas en el siglo XIX, siendo bombardeado
 por el general Cabrera en 1839.
De este importante castillo situado en la parte alta de la localidad no lejos de la iglesia de Santiago,
 no quedan más que algunos paredones dispuestos por el monte más los restos de una torre en la
parte más elevada, que tal vez fuera la del homenaje, más otras dos dispuestas en un nivel más
bajo y de planta cuadrada.
Historia


Declaración, Siglo XXI (2006)
El Castillo de la Encomienda de Montalbán está incluido dentro de la relación de castillos
considerados Bienes de Interés Cultural en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional
segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés. 
Este listado fue publicado en el Boletín Oficial de Aragón del día 22 de mayo de 2006.

MONTALBAN Y LOS FREIRES DE LA ORDEN DE SANTIAGO, 

LA RUTA DE LOS CASTILLOS.

UN EXTRAORDINARIO PATRIMONIO HISTÓRICO-CULTURAL

Fuente informativa: Blog montalbanenfotos
https://montalban-fotos.blogspot.com.es/2013/09/ruinas-del-castillo.html


RECIENTEMENTE SE HA COLOCADO UN PANEL EXPLICATIVO SOBRE LA HISTORIA DE MONTALBÁN Y SU RELACIÓN CON LA ORDEN DE SANTIAGO DURANTE LA EDAD MEDIA ASÍ COMO LA LLAMADA "RUTA DE LOS CASTILLOS"... SE ENCUENTRA SITUADO EN LA ZONA DE ACCESO A LAS RUINAS DEL CASTILLO, EN LA PARTE POSTERIOR DE LA IGLESIA "SANTIAGO EL MAYOR"....










Ruinas del castillo
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Cementerio medieval en el entorno de las ruinas del castillo
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martes, 25 de julio de 2017

EFEMÉRIDE MONTALBINA...¿QUÉ SUCEDIÓ TAL DÍA COMO HOY, 25 DE JULIO, EN MONTALBÁN , EN EL AÑO 1921?...INAUGURACIÓN DEL ALUMBRADO POR ENERGÍA ELÉCTRICA

Fuente informativa: Efemérides Turolenses


1921
Montalbán, a 25 de julio de 1921

Imagen de Montalbán al anochecer

Entrada a Montalbán por el puente de la Garona
Antigua fotografía publicada en el "blog Montalban en fotos.El Pueblo"
.- Inauguración del mercado público de Santa Eulalia en el solar de las antiguas escuelas y del alumbrado por energía eléctrica en Montalbán.

viernes, 21 de julio de 2017

EL CASCO HISTÓRICO DE MONTALBÁN SE PEATONALIZA DESDE EL 13 DE JULIO HASTA EL 18 DE SEPTIEMBRE

LA PEATONALIZACIÓN DEL CASCO HISTÓRICO DE MONTALBÁN DURANTE EL PERIODO VERANIEGO

Se ha abierto un interesante y trascendente debate entre los vecinos de la localidad sobre esta medida adoptada por el Ayuntamiento de Montalbán cuando llega la época veraniega.


Desde el pasado día 13 de julio hasta el próximo día 18 de septiembre se restringe la circulación de vehículos por las calles que conforman el Casco Histórico (calle Mayor, calle Santa Engracia y Umbría, calle Nueva y Plaza Carlos Castel) , excepto para carge y descarga, y acceso a las fincas por parte de los vecinos de las mismas.

Este es el contenido del BANDO EMITIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN al efecto:

"13/07/2017 PROHIBIDO CIRCULAR Y ESTACIONAR VEHICULOS POR CASCO ANTIGUO


- Se comunica que a partir del mediodía de hoy,  día 13 de Julio  y hasta el  18 de Septiembre de 2017, queda prohibido circular y estacionar vehículos por el Casco Antiguo, excepto carga y descarga."












LAS CONSECUENCIAS DE SU APLICACIÓN....LAS CONSECUENCIAS DE LA ADOPCIÓN DE  ESTE TIPO DE MEDIDAS HAN SIDO ANALIZADAS EN NUMEROSOS DOCUMENTOS, TANTO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SUS EFECTOS POSITIVOS COMO DE LOS NEGATIVOS.

Entre los positivos se encuentran la disminución del ruido, la contaminación y la accidentalidad local, el reforzamiento de ciertas actividades comerciales o turísticas y, sobre todo, la revitalización del centro y su recuperación para los peatones como elemento clave de la identidad urbana.
Las consecuencias indeseables también han sido largamente documentadas: las peatonalizaciones contribuyen a producir cambios en los usos del suelo, en particular pueden producir la expulsión de usos residenciales, la modificación y especialización de las tipologías comercial y residencial, generando en ocasiones malestar entre los comerciantes de las zonas peatonalizadas teniendo en cuenta el tipo de comercio afectado y, en ausencia de políticas generales de tráfico, significan el desplazamiento de los conflictos hacia los bordes del área peatonalizada.




En conclusión, se trataría de romper los límites que muchas veces se establecen en los debates sobre las peatonalizaciones de los centros históricos. En lugar de centrarse obsesivamente en las ventajas o en los inconvenientes de las áreas peatonales, lo que se propone es abrir la perspectiva hacia las políticas más de fondo que explican las transformaciones de los centros históricos. Incluso en el caso de las políticas de tráfico, la peatonalización debe convertirse en un mero punto de partida para adentrarse en la consideración general de las necesidades de movilidad y accesibilidad y en la compatibilidad entre el automóvil y el municipio.                                Alfonso Sanz Alduán.-Burgos (España), enero de 1998.




martes, 18 de julio de 2017

AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN: CAMPAÑA PARA FOMENTAR EL EMPADRONAMIENTO EN EL MUNICIPIO

Fuente informativa: Ayuntamiento de Montalbán

¿Qué es el empadronamiento?

El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los
vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio.
Sus datos son una prueba de la residencia en el municipio.
Según la ley toda persona que viva en España tiene la obligación de
empadronarse en el municipio donde resida.
¿Para qué sirve el empadronamiento?
El empadronamiento será el documento que acredite el tiempo de permanencia en 
territorio español, independientemente de su nacionalidad o de su situación legal, 
es decir si tiene o no residencia o bien la misma en tramite. 
La inscripción en el Padrón lo acredita como vecino del municipio.





Para poder realizar el empadronamiento necesitará establecer un domicilio, el cual 
no es necesario que sea de su propiedad, puede ser en alquiler o bien la casa de un
 familiar o un conocido.
Es aconsejable realizar el empadronamiento ni bien se arribe a España. 
La inscripción se realiza en el Ayuntamiento correspondiente a la localidad donde 
usted reside.
Es un tramite muy sencillo y este documento le será necesario:
  • Para solicitar la regularización o permisos de residencia y trabajo,
  • Le da derecho a solicitar el carné para la asistencia sanitaria,
  • Le será exigido para realizar el canje del permiso de conducir en el caso de existir 
  • convenio su país de nacimiento
  • Es imprescindible para realizar la inscripción escolar de sus hijos
  • Y todos los demás tramites inherentes a los extranjeros.
Una de las razones más importantes para realizar la inscripción en el Padrón municipal 
es que dicha inscripción es la prueba de arraigo para conseguir los papeles 
definitivos. Como también para tener acceso a las prestaciones municipales, 
como las ayudas sociales.
Existe una ley orgánica del 2003 que establece la renovación del empadronamiento 
cada dos años de todos los extranjeros comunitarios sin autorización de residencia 
permanente. Estableciendo una caducidad de dos años. 
¿Puedo empadronarme aunque no tenga papeles?

Si usted se encuentra en situación irregular no debe temer empadronarse en el 
Ayuntamiento correspondiente a su domicilio. El Ayuntamiento no realiza control 
sobre la legalidad o ilegalidad de las personas que residen en territorio español. 
El Ayuntamiento solo lleva un registro "El padrón", de las personas que habitan 
en su jurisdicción y verificar la situación en que se encuentran. 
Documentación necesario para poder empadronarse
Solicitar en La Oficina de Ayuntamiento que le corresponda de acuerdo a su domicilio,
  • el formulario de Alta Individual o Colectivo.
  • Fotocopia y original del pasaporte.
  • Fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorización firmada por el dueño 
  • de la vivienda donde esta alojado. Si es el caso, deberá incluirse en el formulario 
  • para poder empadronarse en su domicilio. Igualmente el dueño de la vivienda tendrá 
  • que renovar su empadronamiento para incluirlo a usted.
  • En caso de hijos, presentará fotocopia y original de los pasaportes y libro de familia
¿Qué hacer si cambio de domicilio a un nuevo municipio?
Si cambias de domicilio deberás solicitar por escrito el alta en el municipio donde fijes 
tu nueva residencia. El municipio dentro de los primeros diez días del mes siguiente 
notificará a tu antiguo municipio para solicitar la baja del padrón.
¿Qué es un volante de empadronamiento y una certificación?
El volante de empadronamiento: es la constancia que te dará tu municipio para 
acredita tu empadronamiento. Debes solicitarlo para realizar trámites administrativos 
donde no sea necesario una prueba rigurosa; como solicitar ayudas escolares, servicios
 sociales, en tarifas de transporte, etc.
Certificado de empadronamiento: lo requerirás cuando sea necesario acreditar tu
empadronamiento ante Tribunales de Justicia, organismos extranjeros, etc.
 Las certificaciones deberán llevar firmas manuscritas del Secretario y del Alcalde 
o de sus delegados.

jueves, 13 de julio de 2017

EFEMÉRIDE MONTALBINA...¿QUÉ SUCEDIÓ EN MONTALBÁN, TAL FECHA COMO HOY, 13 DE JULIO, EN EL AÑO 1338?....VISITA REAL A LA LOCALIDAD

Fuentes informativas: 

**Efemérides Turolenses
***Blog "Montalbán en fotos. El Fuero de Montalbán"

Montalbán,  13 de julio de 1338 –

Portada del Fuero de Montalbán,
norma jurídica propia otorgada por el Rey de Aragón
en 1208. Durante siglos, Montalbán fue una importante
villa tratada de forma privilegiada por varios reyes de Aragón.
En esta efeméride, recibe de nuevo una visita real
El Rey Pedro IV de Aragón llega a 
Montalbán, donde estuvo unos días, 
pasando desde allí a Daroca.

"Montalbán, citada en el Cantar de Mío Cid, tiene Fuero propio otorgado por Pedro II el año 1208. El  publicado es la confirmación hecha por Jaime I el día 22 de febrero de 1225. Tiende a facilitar la vida de la villa dotándole de una infraestructura de Gobierno, estableciendo algunas normas procedimentales y fijando los tributos que anualmente había que pagar al Rey. Es muy interesante, pero breve. Por eso en lo no regulado, probablemente, era supletorio el Fuero de Zaragoza, que era tipo y de los llamados de privilegio, en cuanto que procuraba el arraigo de los pobladores, facilitándoles el roturar tierras, exenciones de peajes, protección de las actividades ganaderas, reducción de los servicios de hueste así como poder administrar justicia..." 


sábado, 8 de julio de 2017

MONTALBÁN...¿PUEDE LLEGAR A SER UNO DE LOS PUEBLOS MÁS BONITOS DE ESPAÑA?...










































RELACIÓN DE LOS PUEBLOS MÁS BONITOS DE 
ESPAÑA EN ARAGÓN:

Aragón


LA ASOCIACIÓN DE 

"LOS PUEBLOS MÁS BONITOS DE ESPAÑA".- 

INFORMACIÓN DE INTERÉS


http://www.lospueblosmasbonitosdeespana.org/asociacion.html


Asociación

Toda la información referente a la Asociación

Los pueblos más bonitos de España, nace de la convicción y necesidad de poner en conocimiento de todo 
el mundo los maravillosos pueblos que salpican la geografía española. Lugares de gran belleza que destilan
 historia y cultura a la par, villas donde la tradición envuelve al viajero, que al mezclarse con los lugareños, 
pasa a formar parte de este marco único aunque sea solo por unos instantes. 

Es nuestro objetivo la promoción de zonas preferentemente rurales y de pequeños municipios a través 
de esta pagina y de las diferentes acciones que la asociación emprenderá a través de internet, prensa u 
otros medios de comunicación.

La Asociación Los Pueblos Más Bonitos de España no tiene ni busca ningún interés político, pero si 
intentará implicar a las diferentes administraciones para que apoyen, cuiden y respeten nuestro patrimonio, 
así como la promoción de eventos culturales asociados a nuestros pueblos.

Por todo lo expuesto queda claro que en esta web van a encontrar una selección de villas que destacan por
 su calidad, excelencia y como no, por su belleza. Por su puesto les animamos, no solo a descubrir todos l
os pueblos seleccionados, si no también a participar de forma activa en esta web dando opiniones y a
portando ideas, con la intención de mejorar este proyecto así como los pueblos encartados mediante 
nuestros canales de contacto con sus ayuntamientos.

Criterios de Selección de Pueblos


Los criterios para la admisión de un nuevo pueblo están expuestos en la carta de calidad de la asociación. 
Para unirse a dicha entidad, un pueblo ha de solicitar en primer lugar el acuerdo del pleno municipal o 
junta de gobierno. 
Una vez recibida esta solicitud por parte de la asociación, se inicia el proceso de instrucción de la candidatura 
valorando los siguientes criterios: 


– Tener una población menor de 15000 habitantes (en poblaciones mayores de 5000 habitantes la asociación
contempla solamente un casco histórico en perfectas condiciciones) 
– Tener un patrimonio arquitectónico o natural certificado. 

Después de superar estos dos puntos, se realiza una auditoría del pueblo por personal de la comisión de
calidad designada a tal efecto donde se valorarán los aspectos especificados en la Carta de Calidad.
Ello implica superar los criterios mínimos de calidad en aspectos tan variados como la limpieza, conservación
de las fachadas, circulación de vehículos o si tienen o no un lugar destinado al aparcamiento de éstos,
el cuidado de flores y zonas verdes, el tratamiento de las insignias publicitarias y carteles, etc…. 

Una vez superada esta auditoría, se emite el veredicto que puede ser positivo o positivo a condición de
mejorar aspectos importantes en el pueblo o negativo. 

Si el veredicto es positivo, el pueblo será rotulado en sus entradas correspondientes como “
Uno de Los más Bonitos de España” junto al logotipo de la asociación y a partir de ese momento
tendrá el derecho de uso del sello Los Pueblos más Bonitos de España para ser utilizado conforme a
los valores de la asociación. 

Un pueblo puede ser re-auditado en los años siguientes a su adhesión con el fin de que demuestre que
continúa con una política en favor de los valores como la conservación del patrimonio, la promoción, la
renovación de las fachadas, etc. 

Un pueblo puede perder la marca de “Uno de los pueblos más Bonitos de España” si no sigue cumpliendo
con los valores iniciales de la asociación o de su carta de calidad.

Ayuntamientos

Información sobre la importancia de convertirse en uno de Los Pueblos más Bonitos de España
La asociación Los Pueblos más Bonitos de España fue creada en marzo de 2011 inspirándose en
asociaciones similares que ya existen en todo el mundo con gran éxito.Ejemplo de ello son la francesa
y pionera, Les plus beaux viilages de la france, la italiana, il piu borghi d’Italia, la canadiense o la de Wallonia.
Estamos creando en España una red de pueblos con encanto que agrupa los pueblos más hermosos de
España bajo una misma marca de calidad.
Todos ellos bajo el paraguas del sello “Los Pueblos más Bonitos de España” y su carta de calidad que es la
 que rige y la que vertebra la elección de los pueblos que formarán parte de la red Los Pueblos más Bonitos
de España.
Sólo un 20% de los pueblos que solicitan la adhesión consiguen superar la auditoría para obtener el sello
y el cartel de “Uno de Los Pueblos más Bonitos de España”.

Obtener la marca Los Pueblos más Bonitos de España significa:
Beneficiarse de nuestra infraestructura para la organización de proyectos de formación y difusión de los valores
del patrimonio nacional y rural.
Ostentación y uso de la marca registrada “ Los Pueblos más Bonitos de España” tal y como se especifica
en el reglamento de uso de la marca debiendo:
.Colocar en los diferentes accesos al pueblo el panel normalizado correspondiente
al emblema figurativo de la marca “Los Pueblos Más Bonitos de España”.
.Utilizar para él mismo y las asociaciones sin ánimo de lucro de las cuales él sea miembro
(Oficina de Turismo, comité de fiestas, etc..) esta denominación y este emblema figurativo en
todos los documentos de comunicación : boletines municipales, manifiestos, cabeceras de cartas, etc…
Organización de actividades culturales relacionadas con el patrimonio e historia de los Pueblos oficiales.
Fomentar la formación en materias de sensibilización, gestión y preservación del patrimonio.
Promoción del Pueblo a nivel nacional e internacional a través de la web de la Asociación, su
Aplicación de Smartphone y las diferentes acciones que la Asociación decida emprender con este fin.
Publicación de fiestas y eventos del Pueblo para atraer el turismo tanto en la web de la Asociación
como en nuestras redes sociales, Facebook y Twitter
Feedback con los viajeros que han estado en el Pueblo a través de el apartado comentarios de nuestra web.
Un canal de comunicación y asesoramiento con el fin de mejorar y conservar tanto tradición como patrimonio
de Pueblo.
Gestión de ayudas públicas en favor de los Pueblos Oficiales, apoyo y reconocimiento de la Unión
Europea, Estado y de las Comunidades Autónomas.

Como convertirse en uno de Los Pueblos más bonitos de España:
1 – El ayuntamiento debe hacer llegar a la asociación una solicitud (descargable en el punto “c”) escrita de
adhesión acompañada de:
- a) Una deliberación del pleno del ayuntamiento o de la junta de gobierno local donde se solicita la
 admisión a entrar en “Los Pueblos Más  Bonitos de España” ;
- b) Una certificación de cumplimiento de los criterios de admisión (no superar los 15.00 habitantes y poseer
algún patrimonio arquitectónico o natural con documentación acreditable en poder del ayuntamiento).
La instrucción no se inicia si el ayuntamiento no satisface estas dos exigencias.
- c) Descargue la Carta de Calidad ,compleméntela y envíela a: C/ Romaní, nº 23, Polinyà 08213 (Barcelona)
España o al correo electrónico ayuntamientos@lospueblosmasbonitosdeespana.org
2– Se realiza por parte de representantes de la marca una visita-peritación con el objeto de apreciar qué
criterios de admisión son cumplidos satisfactoriamente. También se filma un reportaje video-fotográfico y se
concierta una entrevista con algún concejal o el alcalde del pueblo candidato.
3 – Una vez realizada la peritación del pueblo se envía el informe a una comisión de calidad creada
específicamente para la deliberación, evaluación y toma de decisión final.
4 – Notificación de la decisión tomada por la comisión de calidad mediante carta que se enviará al
pueblo candidato. En todos los casos la comisión precisará al pueblo candidato las razones de la admisión
o del rechazo de su candidatura.